La Página Principal
Información Básica del Colegio
Los documentos básicos del Colegio Trámites de los colegiados Boletines y publicaciones Calendario de actividades Enlaces y contactos Bolsa de empleo Los miembros del Colegio
La Página Principal

Actas de las Asambleas Generales mas recientes.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
No. 1-2005

Que se celebró el día viernes 11 de marzo del 2005, a las 6:30 p.m.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
No. 1-2005

que se celebró el 2 de diciembre del 2005, a las 6:30 p.m.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
No. 1-2006

que se celebró el viernes 31 de marzo de 2006 a las 7:00 p.m.

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
No. 1-2008

Que se celebró el 24 de julio 2008 a las 18:30 horas

 

Consiga el Adobe Reader

 

 

ARTÍCULO 61.- Profesionales del Colegio
El Colegio de Químicos estará formado por los profesionales en Química con el grado de bachillerato, licenciatura o doctorado de las universidades del país, así como por los poseedores de títulos obtenidos en el extranjero, reconocidos como equivalentes a alguno de los grados anteriores de conformidad con las leyes de Costa Rica.

ARTÍCULO 62.-
Finalidad
El Colegio de Químicos velará por el cumplimiento estricto de las normas técnicas y de ética profesional de sus colegiados en el ejercicio de la profesión.

ver mas ...

Nuevo .....
3 setiembre 2008 !

Considerando:

I.—Que mediante Ley Nº 8412 del 22 de abril del 2004, Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica, se emite la “Normativa del Colegio de Químicos de Costa Rica”

II.—Que la citada Ley Nº 8412 dispone la obligación de emitir mediante reglamento las regulaciones para los artículos 63, 64, 68, 76, 77, 80, 81, 82, 86, 91, 93, 95 y 107, siguientes y concordantes de dicha norma.

III.—Que los profesionales que constituyen el Colegio de Químicos están relacionados en la ejecución de sus funciones y aplicación de sus conocimientos científicos, con la seguridad e higiene, la protección de la salud, el ambiente y la vida humana, animal en general, con la calidad de vida de los ciudadanos, todo ello en concordancia con la Ley General de Salud, Nº 5395 y sus reformas, así como con la Ley Orgánica del Ambiente, Nº 7554.

Por tanto,...


DECRETAN:
El siguiente,

Reglamento al Título II de la Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines y Ley Orgánica del Colegio de Químicos de Costa Rica, Ley Nº 8412 del 22 de abril de 2004, Normativa del Colegio de Químicos de Costa Rica

ver mas ...


Decreto Ejecutivo
No. 33105-MINAE-S

Considerando:
1. Que mediante Ley No. 8412 publicada en “La Gaceta” No 109 de 04 de junio de 2004 específicamente en el Titulo II se emite la “Normativa del Colegio de Químicos de Costa Rica”
2. Que la citada Ley No. 8412 dispone la emisión de un reglamento que regule las tarifas que serán aplicadas para el cobro de servicios de análisis químico.

Por tanto,




DECRETAN: El siguiente,
Reglamento de Tarifas para Análisis Químicos

1. Ámbito de aplicación.
Este Reglamento es de aplicación obligatoria en el cobro de servicios prestados por los miembros activos del Colegio de Químicos de Costa Rica y es de referencia para el cálculo de servicios prestados por instituciones estatales o privadas.

ver mas ...

Código de Etica Profesional

Considerando:

Que el Código de Ética Profesional, es un conjunto de normas que establecen pautas de conducta que postulan deberes en la esfera del ejercicio profesional, y que se dirigen a individuos capaces de actuar en armonía con ellas y por tanto las conductas violatorias de esos deberes, han de ser objeto de reproche y sanción.
Que el Colegio de Químicos tiene amplias facultades para regular el ejercicio profesional dentro del ámbito de sus competencias.
Por tanto


ACUERDA:

El siguiente,


Código de Ética Profesional

 

ver mas ..

Procedimientos disciplinarios Considerando

Que la Ley 8412 publicada en La Gaceta Número 109 del viernes 4 de junio de 2004 en el Titulo II se dictó la Normativa del Colegio de Químicos de Costa Rica.
Que la Ley 8412 en el Capítulo IX crea el Régimen Disciplinario según lo disponen sus artículos 102 a 105.
Que el Colegio de Químicos tiene amplias facultades para regular el ejercicio profesional dentro del ámbito de sus competencias.

Por Tanto


Acuerdan

Reglamento de operación del tribunal de ética profesional

 

ver mas ..

Fondo de Mutualidad(actualizado al mes de
Mayo 2006)

Considerando:

Que la Ley 8412 publicada en La Gaceta No 109 del viernes 4 de junio de 2004 en el Título II se dictó la Normativa del Colegio de Químicos de Costa Rica.

Que los artículos 68, inciso c) y 101 de la Ley 8412 disponen que es necesario emitir el:

Reglamento del Fondo de Mutualidad y Subsidio.

Por tanto,

ACUERDAN:

El siguiente;

REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIO

 

ver mas ..

 

Diseño y estructuración por: zitromar.net